lunes, 1 de octubre de 2018

Plazos existente para presentar la licencia médica


  • Trabajador dependiente activo, con contrato de trabajo, presentar licencia medica a su empleador
  • Trabajador independiente, presentar directamente al COMPIN la licencia médica.

Plazos de presentación:

> Trabajador dependiente del sector privado tiene 2 días hábiles, a partir de la fecha indicada por el profesional


> Trabajador dependiente del sector público tiene 3 días hábiles, a partir de la fecha indicada por el profesional.





> Trabajador independiente tiene 2 días hábiles, presentar directamente la licencia médica al COMPIN o ISAPRE correspondiente. En este caso, el plazo es de 2 días hábiles se contabiliza desde la fecha de emisión de la licencia medica.






NO OLVIDAR FIRMAR EL FORMULARIO DE LICENCIA ANTES DE ENTREGARLO AL EMPLEADOR Y QUE LE DEVUELVAN EL RECIBO, FECHADO Y TIMBRADO.

El recibo le servirá  para acreditar la entrega de licencia médica dentro de los plazos establecidos.



Requisitos para gozar subsidio por incapacidad Laboral.


Trabajador dependiente:
  • Contar con licencia medica autorizada por un profesional medico
  • 6 meses de afiliación al sistema previsional (AFP O IPS).
Trabajador independiente:
  • Contar con licencia medica autorizada por un profesional medico.
  • Demostrar actividad laboral como independiente.
  • Un mínimo de 12 meses de afiliación en FONASA 
  • Tener 6 meses de cotización el FONASA.
  • Estar al día en el pago de las cotizaciones de salud.

AUTORIZACIÓN Y COBROS DEL SUBSIDIO DE INCAPACIDAD LABORAL.

Presentada una licencia medica, la COMPIN tiene la facultad de:

➤ Aprobar

➤ Rechazar

➤Modificar 


Para las autorizaciones, rechazo y modificación la COMPIN puede adoptar las siguientes medidas:

Solicitar informes clínicos complementarios al profesional que extendió la licencia.

➤ Practicar o solicitar nuevos exámenes o interconsultas.

➤ Disponer cualquier otra medida informativa que permita una mejor resoluciones.

➤  Verificación de reposo.






TIPOS DE LICENCIAS EXISTENTES


Enfermedades o accidentes común.
Prórroga medicina preventiva
Licencia maternal pre y pos-natal.
Enfermedad grave de hijo menor de un año.
Accidente de trabajo o trayecto.
Enfermedad profesional.

2 comentarios:

  1. Buenas noches Paulina.
    Leí atentamente tu blog, pero ¿como se calculan las licencias medicas de manera económica?
    Espero pronta respuesta...

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  2. Leonardo, gracias por visitar mi Blog.
    Respondiendo a tu pregunta, se calcula de manera equivalente a la remuneración mensual neta, que se hayan adquirido en los tres meses más próximos al mes que se inició la licencia médica.
    Espero haber respondido tu duda.

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